Contexto:
De vez en cuando, la National Foundation for Infectious Diseases (NFID), una organización benéfica pública 501(c)(3), recibe solicitudes para firmar cartas a comités del Congreso y/o agencias federales (por ejemplo, CMS, HHS, FDA) en apoyo de legislación pendiente y/o cambios regulatorios relacionados con enfermedades infecciosas. El personal llevará a cabo una evaluación preliminar para asegurarse de que las cartas propuestas se alineen con la misión de la NFID y no entren en conflicto con las cartas previamente aprobadas para la firma de la NFID, y que la NFID siga cumpliendo con todas las reglas aplicables a las organizaciones benéficas públicas 501(c)(3) en relación con las cartas propuestas.
Política:
De acuerdo con los estatutos de la Sección 501(c)(3) del Código de Rentas Internas y los Reglamentos del Tesoro relacionados, ninguna parte sustancial de las actividades de la NFID puede incluir el intento de influir en la legislación (es decir, el cabildeo), ni la NFID puede participar o intervenir en ninguna campaña política a favor o en contra de cualquier candidato a un cargo público electivo. La NFID puede participar en actividades limitadas de defensa mediante la firma de cartas iniciadas por otras organizaciones/coaliciones relacionadas, según los siguientes requisitos:
- La organización patrocinadora debe ser una organización asociada de apoyo/colaboración de la NFID o la NFID debe ser miembro de la coalición patrocinadora.
- La carta se alinea con la visión, la misión, los valores fundamentales y el plan estratégico/prioridades de la NFID, y los resultados beneficiarán la prevención de enfermedades infecciosas y/o los esfuerzos para mejorar la administración de antimicrobianos.
- La información proporcionada en la carta está basada en evidencia, es precisa, indica las referencias apropiadas y/o es coherente con las prácticas generalmente aceptadas en materia de enfermedades infecciosas.
- La carta propuesta es revisada y aprobada por al menos 3 miembros del Comité Ejecutivo de la NFID dentro del plazo especificado para su aprobación.
La NFID no iniciará cartas por su cuenta ni apoyará cartas desarrolladas por socios de la industria.
Aprobado el 2024 de septiembre